Informes sobre INTERCONEXION NOA-NEA
REQUIERE. SOLICITA CUMPLIMIENTO.
Pedido de informes / Decreto 1172/03 / a la Secretaría de Energía de la Nación
Buenos Aires, 11 de Marzo de 2010.-
A la
Secretaria de Energía de la Nación
S / D
De nuestra mayor consideración:
Quienes suscriben, en nuestra calidad de ciudadanos y en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 1172/2003 Gerardo Rubén Morales, (…) , constituyendo domicilio legal en la calle Hipólito Yrigoyen 1860, se presenta y dice:
I.- OBJETO
Que en legal forma, y en los términos del decreto ut supra referido el cual establece un mecanismo de Acceso a la Información Pública y por el que se reconoce el derecho a requerirla, consultarla y recibirla solicitamos a esa Secretaria de Energía de la Nación, dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, la remisión con carácter de urgente de los informes producidos en ejercicio de sus competencias en razón de la traza de la Línea de Extra Alta Tensión de interconexión NOA-NEA.
El recorrido de las líneas de alta tensión y las estaciones transformadoras abarcan las localidades de San Juancito (Jujuy), pasando por El Bracho (Tucumán), Monte Quemado (Santiago del Estero), desde allí acompaña el curso de la Ruta 16 para alcanzar la estación, Puerto Bastiani en Resistencia (Chaco), finalizando su recorrido en la provincia de Formosa. Este último tramo, L.E.A.T 500 Kv E.T. Resistencia – E.T. Formosa Oeste, que es el que nos ocupa especialmente en el presente alocución.
La línea en este trayecto se erige en forma paralela a la Ruta Nacional N° 11, cruzando el Río Bermejo para continuar su traza hasta la ciudad de Formosa. Según el estudio de impacto ambiental elaborado por el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Publica y Servicios no existen riesgos respecto de la afectación de centros urbanos y suburbanos.
Pero resulta necesario remarcar que en esa zona se encuentra ubicado el “Humedal Chaco”, sitio RAMSAR creado el 2 de febrero de 2004 (en la franja oriental de los departamentos de San Fernando, 1° de Mayo y Bermejo. Limite Sur: paralelo de 28° S, que separa las provincias de Chaco y Santa Fe, limite Norte; cauce del Río Bermejo; limite Oste; trazado de la Ruta Nacional N° 11; limite Este; causes de los ríos Paraná y Paraguay, que separan las Provincias de Chaco y Corrientes; como asimismo a la Argentina de la República del Paraguay).
Mediante la disposición N° 517 el Director de Bosques de la Provincia del Chaco disponía, según el artículo 1° de la misma, la autorización de los trabajos de limpieza de los productos forestales existentes en los lugares por donde cruzará el trazado de la línea de Extra Alta Tensión en 500 kV (I.E.A.T) con más las Estaciones Transformadores (E.T) previo permiso de paso correspondiente, por parte de los propietarios de los predios, de una franja de servidumbre de hasta QUINCE (15) METROS de ancho a lo largo de la traza LEAT”.
Pero la comunidad de Colonia Lote 16, correspondiente al municipio de General Vedia en la Provincia del Chaco, es atravesada por el Río de Oro y dista de la Ciudad de Resistencia en tan sólo 86 Km. Mediante el comunicado vecinal del 03 de abril de 2009, se decidió rechazar el paso de la obra tan cercano a su territorio.
El mismo sostiene “no aceptar que la obra produzca un verdadero genocidio a corto, mediano y largo plazo de los seres vivios que habitamos nuestras tierras y que significará también la desaparición de nuestras fuentes de subsistencia, que son la ganadería, pequeños productores, huertas, cementeras bajas y hasta la utilización del recurso hídrico de nuestro río de agua dulce”.
Que además cabe agregar que existen denuncias de algunos propietarios porque ellos no autorizaron a la empresa licitatoria Líneas del Norte S.A. (LINSA), a llevar a cabo las tareas que demanda la servidumbre de terreno. Especialmente es el caso del establecimiento “La Pilarense” cuyas tierras se encuentran amparadas bajo la figura de Reserva Natural Privada por un convenio con sus propietarios y la Fundación Natural Félix Azara.
Que ante todo lo expuesto es dable argumentar que se trata de información básica, y que por ello solicitamos se nos remitan los informes que se hubieran conformado en relación a:
a.- El estado actual de la obra y su incidencia en las afectaciones a los centros urbanos y suburbanos del tramo L.E.A.T 500 k.V. E.T. Resistencia – E.T. Formosa
b.- Cuales fueron los estudios previos efectuados para la determinación de la traza del electroducto desde Resistencia hasta Formosa.
c.- Si consta documentación referente a la autorización, por parte de los propietarios de predios privados de las provincias comprometidas, por donde cruza el trazado de la línea de alta tensión, a la empresa LINEAS DEL NORTE S.A. (LINSA) para realizar el emplazamiento de las estructuras y los correspondientes trabajos de limpieza forestales. En caso afirmativo solicitamos, se nos remita, el detalle y para el caso negativo requerimos se nos explique el porque de la no existencia.
d.- Respecto al estudio de impacto ambiental informe si en el mismo consta un relevamiento in situ de la población existente en el recorrido de la traza.
e.- Cuales son, si existieren, las medidas adoptadas por parte del organismo competente para respetar los humedales, sitio RAMSAR, y no afectar la flora y fauna.
f.- Cual es el rol del gobierno de la Provincia del Chaco en la implementación de la obra y que actividades despliega a tal efecto.
Que además es necesario tener como referencia los argumentos del estudio de impacto ambiental en el cual se reconoce que “se corre el riesgo que con el tiempo la línea se constituya en un efecto barrera que limite el crecimiento urbano y las irregularidades descriptas anteriormente” y que ante estos argumentos es que se solicita mediante el presente requerimiento, el estado actual del emprendimiento y la incidencia del mismo en los territorios abarcados.
Ello, en vistas a que el derecho de Acceso a la Información Pública es un prerrequisito de la participación ciudadana que permite controlar la corrupción, optimizar la eficiencia de las instancias gubernamentales y mejorar la calidad de vida. Tendiente además, a lograr una mayor transparencia en las gestiones realizadas por la Administración Publica y sus dependencias.
En términos generales, y en lo que aquí concierne, el Decreto N° 1172/2003 establece un marco general tendiente a mejorar la calidad de la democracia y a materializar el derecho de acceso a la información, necesario para hacer efectiva la forma de gobierno representativa, republicana y federal. Es por ello que dicha información resulta relevante a efectos de esclarecer diversos aspectos vinculados a la materia, encaminados además a transparentar el debido manejo de la res pública.
Sin otro particular, a la espera de una pronta respuesta saludamos a Ud. muy atentamente.
Senador nacional Gerardo Morales










